Subdivisión de Terreno
¿En qué consiste, para qué y cuándo puedo realizarlo?
La Subdivisión de Terreno es el procedimiento mediante el cual se autoriza la subdivisión de un lote matriz en dos o mas sublotes, los mismos que deben cumplir entre otros, con los requisitos mínimos normativos de área y frente de lote.
¿Dónde y en qué horario se realiza?
Plataforma de atención, Av. Jose A. Larco 400, Miraflores
Horario de atención: Lunes a Viernes de 8 a.m. a 4 p.m.
¿Quién puede efectuarlo?
El o los propietarios o su representante debidamente autorizado
¿Qué se necesita para realizarlo?
- Solicitud de Servicios debidamente llenada por el solicitante (descargar en PDF)
- Formato Único de Habilitación Urbana (FUHU) debidamente llenado (descargar en PDF)
- Documento privado, Escritura Pública o Constancia de inscripción que acredite la titularidad (en caso el predio no se encuentre inscrito en Registros Públicos)
- Copia certificada actualizada y completa de la Ficha o Partida Registral (con una antigüedad no mayor a 30 días calendario)
- Dos (02) juegos de planos debidamente firmados por profesional colegiado y por el o los propietarios, consignando: (a) ubicación y localización a escala conveniente; (b) lote matriz con indicación de las áreas y medidas perimétricas a escala conveniente; (c) subdivisión de los lotes resultantes a escala conveniente, con indicación de las áreas y medidas perimétricas. Incluyendo denominación de cada lote propuesto.
- Dos (02) juegos de memoria descriptiva. Un (01) juego se adjuntará a la solicitud y el otro se entregará una vez que se verifique su conformidad.
- Boleta de habilitación del profesional actualizada
- Resolución aprobatoria de la valorización emitida por SERPAR y recibo de cancelación del aporte en caso se autorice la subdivisión.
- Pago por derecho de trámite
¿Cuánto cuesta?
La tasa asciende a S/. 234.07 (doscientos treinta y cuatro y 7/100 nuevos soles), el equivalente al 6.50% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente para el año 2011. Este importe deberá de abonarse en Caja y el recibo deberá de adjuntarse a la Solicitud. El código de pago es 1823.
¿Qué otro dato debería de tenerse en cuenta?
- El trámite es aprobado por la Subgerencia de Catrastro y ante esta instancia puede presentarse el recurso de reconsideración. El recurso de apelación se presenta ante la Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, instancia superior jerárquica.
- En caso de actuar como representante de una persona natural, deberá de adjuntar carta poder simple en original y copia de los documentos de identidad de ambos, indicando en forma expresa las facultades otorgadas.
- En caso de actuar como representante de una persona jurídica, deberá de adjuntar certificado de vigencia de poder con una antigüedad no mayor a 30 días calendario acompañando copia del documento de identidad del poderdante y del apoderado.
- Puede consultar el estado de su trámite en cualquier momento a través de nuestro servicio en línea.
Órgano responsable
Subgerencia de Catastro
Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente
Av. Larco 400, tercer piso
Teléfono: 617-7272 anexo 7558
Base legal
- Ley Orgánica de Municipalidades, Ley No. 27972, Artículo 79 (PDF)
- Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Edificación, Decreto Supremo No. 024-2008-VIVIENDA, Artículo 29 (PDF)
- Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Miraflores, Decreto de Alcaldía No. 005-2011/MM (PDF)