Actualización: 26/04/2019
Bienes muebles en calidad de sobrantes 2019 |
Actualizado 21/09/2018
De conformidad con lo establecido en el numeral 1.2.2 de la Directiva N° 005-2009/SBN, que regula el “Saneamiento de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal”, aprobada por Resolución N° 147-2009/SBN, modificada por la Resolución N° 110-2012/SBN de fecha 07-12-2012 que amplía hasta el 31 de diciembre de 2013, la vigencia de la Directiva precitada, la Gerencia de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Miraflores, dispone la publicación de la relación detallada de los bienes muebles objeto de saneamiento, durante un plazo de diez (10) días hábiles, en un lugar visible de la Sede Central de la Entidad y de sus Oficinas Administrativas, adicionalmente en el portal electrónico de la Entidad, con la finalidad de que terceros tomen conocimiento de que los siguientes bienes serán materia de saneamiento (*):
(*) El detalle de los bienes del presente saneamiento podrá ser visualizado en el siguiente link:
Asimismo, de acuerdo al Procedimiento de Oposición y a lo previsto en el numeral 3.1 de la citada Directiva, en caso de que exista persona natural, jurídica o entidad pública que se considere con derecho de propiedad sobre los bienes muebles sobrantes materia de saneamiento, puede presentar un escrito con oposición al procedimiento en un plazo de diez (10) días hábiles después de efectuada la publicación señalada en el numeral 1.2.2 de la Directiva, para lo cual deberá presentar ante la Municipalidad de Miraflores la documentación probatoria de su titularidad.
Atentamente,
SUBGERENCIA DE LOGÍSTICA Y CONTROL PATRIMONIAL