Certificado de Numeración

¿En qué consiste, para qué y cuándo puedo realizarlo?
El certificado de numeración es el procedimiento a través del cual se emite el documento expedido por la Municipalidad, mediante el que se certifica la numeración municipal asignada a una unidad catastral.

La certificación cumple sólo con una finalidad identificadora de los ingresos de la unidad catastral, pudiendo inscribirse en Registros Públicos; pero en ningún caso autoriza el funcionamiento o desarrollo de actividades económicas. Este documento se emite exclusivamente a solicitud del propietario y sólo procede en los casos en que la unidad catastral cuente con la correspondiente autorización de edificación y/o declaratoria de edificación inscrita en los Registros de Predios de Lima.

¿Dónde y en qué horario se realiza?
Plataforma de atención. Av. José A. Larco 400, Miraflores Horario de atención: de lunes a viernes de 8 a.m. a 4 p.m.

¿Quién puede efectuarlo?
El o los propietarios o su representante debidamente autorizado.

¿Qué se necesita para realizarlo?
1. Solicitud de servicios con carácter de declaración jurada, debidamente llenada por el solicitante, indicando: número de DNI, fecha y monto del recibo de pago del trámite  administrativo, el número de Resolución de la Numeración Municipal otorgada. (Descargar en PDF).

2. Copia simple del documento privado, escritura pública o constancia de inscripción que acredite la titularidad, de no estar inscrito en registros públicos, acompañada de la declaración jurada del administrado acerca de su autenticidad.

¿Cuánto cuesta?
La tasa por la obtención de cada certificado por cada número asciende a S/. 56.00 (cincuenta y seis y 00/100 soles). Este importe deberá de abonarse en caja y el recibo deberá de adjuntarse a la solicitud. El código de pago es 2829.

¿Qué otro dato debería de tenerse en cuenta?
• Primero deberá de obtener el visto bueno de los asesores de plataforma antes de ingresar sus documentos por mesa de partes.

• El trámite es aprobado por la Subgerencia de Catastro y ante esta instancia puede presentarse el recurso de reconsideración. El recurso de apelación es resuelto por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, instancia superior jerárquica.

• En caso que el solicitante (persona natural o jurídica) designe un responsable de trámite, deberá adjuntar copia simple de carta poder que indique de forma expresa las facultades otorgadas. • Puede consultar el estado de su trámite en cualquier momento a través de nuestro servicio en línea.

Órgano responsable

Subgerencia de Catastro
Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente
Av. Ernesto Diez Canseco 219, Piso 3
Teléfono: 617-7558 (directo)  /  617-7272 (Central) Anexo 7558

Base legal

• Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, Artículo 79 (PDF).
• Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos No. 248- 2008- SUNARP/SN, Artículo 56 (PDF).
• Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Miraflores vigente (texto completo) (PDF).
• Ordenanza N°482/MM de fecha 17.03.2017, que Regula los Criterios Técnicos para la Numeración de los predios de la Municipalidad de Miraflores (PDF).