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Concejo Municipal ratificó ordenanza que determina los sectores para proyectos de vivienda social en Miraflores
27.06.2023  
  • Norma emitida señala que proyectos inmobiliarios de la modalidad de VIS solo serán aplicables en la Vía Expresa Luis Fernán Bedoya Reyes y la Avenida Mariscal Cáceres.

Miraflores, 27 de junio de 2023. El Concejo Municipal de Miraflores aprobó, durante la decimosegunda sesión ordinaria del año, la modificación a la Ordenanza N° 607/MM para determinar los sectores del distrito que serán los únicos considerados como Zonas Especiales de Interés Social (ZEIS).

La decisión edil ratifica cuáles son los lotes determinados, frente a las vías del distrito, para que se aprueben -en adelante- los expedientes de licencia de edificación bajo la modalidad de Viviendas de Interés Social (VIS), que promueve el Gobierno central a través del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Dichas zonas están ubicadas en la Vía Expresa Luis Fernán Bedoya Reyes (antes Paseo de la República), frente a las cuadras 38-48 y 62-63 del lado oeste, y 56-58, 60-61 y 62-63 del lado este. A las anteriores, se sumó la avenida Mariscal Cáceres, entre las cuadras 1 a 5; según grafica el plano 1 que ratifica la ordenanza.

Estas vías fueron seleccionadas en virtud de ser avenidas metropolitanas con altas categorías de zonificación, adecuada capacidad vial y -además- por estar en condiciones de adaptarse a un proceso de renovación urbana y al cambio de uso de suelos, según la evaluación realizada por la Gerencia de Desarrollo Urbano de la comuna miraflorina.

Cabe precisar que la norma aprobada por el Concejo Municipal de Miraflores está sustentada en el cumplimiento de la Ordenanza N° 2361-2021-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que señala en su artículo 6 que “son los gobiernos locales los responsables de determinar los sectores de aplicación de este tipo de proyectos inmobiliarios, para lo cual deben ceñirse a los parámetros que dicha norma establece”.

La comuna ratifica su compromiso de velar por una estructura residencial planificada, homogénea y diversa, así como de su valor traducido en la calidad de vida de sus vecinos. Además, se reafirma en el respeto a los parámetros establecidos para alturas máximas de pisos de los edificios, áreas mínimas de vivienda y dotación de estacionamientos, en los cuales se traducen los instrumentos de los planes urbanos dispuestos para Miraflores por la Ordenanza N° 920-MML del 2006.

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