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Miraflores apela decisión del Indecopi en resguardo del bienestar de los vecinos de local Malala
30.01.2025
Desde el 2019, vecinos sufren por la contaminación sonora que genera el referido local de venta de comidas y bebidas.
Municipio de Miraflores exigió al negocio respetar los límites máximos de ruido establecidos por la Ordenanza N°364/MM.
Miraflores, 29 de enero de 2025. La municipalidad de Miraflores, interpuso, a través de la Procuraduría Pública Municipal, un recurso administrativo de apelación ante la reciente resolución emitida por el Indecopi que declaró ilegal la exigencia de cumplir con los límites máximos de ruido establecidos por la Ordenanza N°364/MM.
Esta medida edil fue adoptada en respuesta a las reiteradas quejas vecinales sobre los ruidos provenientes del establecimiento Malala Restobar, ubicado en la calle Alcanfores 151, que superaron los niveles permitidos por la normativa de prevención y control de la contaminación sonora en el distrito.
Diversos vecinos del sector denunciaron, a través de documentos, la contaminación acústica que afecta su descanso y tranquilidad, especialmente en horarios nocturnos, cuando el ruido proveniente del local alcanza niveles superiores a los permitidos en zonas residenciales. Estas quejas motivaron una serie de acciones por parte de la municipalidad para garantizar la paz y bienestar de la comunidad.
Las subgerencias de Fiscalización y Sostenibilidad Ambiental realizaron operativos los días 5 y 6 de julio de 2024. En estas intervenciones, se realizaron mediciones de niveles de presión sonora durante la noche, obteniéndose resultados de hasta 44.7 decibeles (dB) desde el pasillo del predio del vecino, superando los límites establecidos de 30 dB para la zona de dormitorios y 35 dB para pasillos, según lo dispuesto en el artículo 33 de la ordenanza 364/MM.
A la luz de los resultados, la Gerencia de Desarrollo Económico y Fiscalización procedió a revocar la licencia de funcionamiento de Malala Restobar, por no cumplir con los requisitos de la normativa vigente. El 18 de julio de 2024, además, se constató que el establecimiento no contaba con el certificado ITSE, lo que refuerza la sanción y la clausura temporal del local.
Sin embargo, el Indecopi, en una reciente resolución, declaró que hacer cumplir con los límites de decibeles establecidos para zonas residenciales (dormitorios y pasillos) durante el horario nocturno constituye una «barrera burocrática ilegal».
Frente a esta situación, el gerente de Desarrollo Económico y Fiscalización, Eduardo Azabache, recordó que los problemas generados por el restaurante datan del 2020. Incluso, durante la gestión edil anterior el local en mención fue cerrado cuatro veces.
“La gestión del alcalde Carlos Canales promueve la inversión privada que es responsable con sus clientes, trabajadores y comunidad, a través de una convivencia armónica. Reafirmamos nuestro compromiso con el bienestar de los vecinos y con el cumplimiento de las normativas que protegen su calidad de vida. La decisión de Indecopi pone en riesgo la tranquilidad y el descanso de las familias miraflorinas. La apelación presentada busca garantizar que los estándares de convivencia y paz prevalezcan sobre intereses particulares”, indicó.