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Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 8° del Título II «Portal de Transparencia» del Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, que modifica el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, la Municipalidad de Miraflores pone a su disposición la siguiente información:
Año 2023
Proceso arbitrales (Memorandum N°229-2023-PGE-PPM/MM)
Año 2021
Expediente N°016-2020/MARCPERU/ADM/JTM
Proceso promovido por Innova Ambiental
Año 2018
Proceso arbitral seguido por Consorcio Coecsa
Escrito presentado por la MM el 06-08-18, sobre reitera pedido de fijar fecha para emitir laudo
Proceso arbitral seguido por Petramas
Acta de Audiencia de Informes Orales de fecha 03.08.18
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación (Memorandum N° 1537 -2018/PPM/MM)
Proceso Arbitral seguido por JM contratistas generales
Escrito presentado por la MM el 06-07-18, sobre solicito resolver pedido de consentimiento de laudo
Proceso arbitral seguido por Consorcio Coecsa
Res. 23 de 18.06.18, se resuelve póngase a conocimiento de la parte demandante el escrito visto por un plazo de 5 días
Proceso arbitral seguido por Capital Water
Audiencia de ilustración de hechos llevada a cabo el 05 de julio de 2018.
Proceso arbitral seguido por Petramas
Escrito presentado por la MM el 02.07.18, sobre deducimos excepción y se contesta demanda arbitral.
Escrito presentado por la MM el 03.07.18, sobre preciso sobre medio probatorio.
Res. 2 de 19.06.18, se resuelve admitir a trámite la tacha formulada contra el medio probatorio contenido en el anexo 1-Q del escrito de demanda.
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación (Memorandum N° 1323 -2018/PPM/MM)
Proceso Arbitral seguido por Consorcio Coecsa
Res. 22 de 07.06.18, se resuelve póngase a conocimiento de la MM el escrito de Coecsa sobre rectificación, interpretación e integración de Laudo Arbitral.
Proceso arbitral seguido por Capital Water
Res. 4 de 13.06.18, se resuelve fijar las cuestiones que será materia de pronunciamiento por el Árbitro Único en el presente arbitraje, admitir los medios probatorios indicados en el considerando 22 y 23 de la presente Res
Proceso arbitral seguido por Petramas, respecto a que : se restablezca el Equilibrio Economico Financiero
Escrito presentado por la MM el 15.06.18, sobre pago de honorarios arbitrales
Res. 1 de 14.06.18, se resuelve admitir el escrito de demanda presentado por Petramás SAC teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que se ofrecen.
Escrito presentado por la MM el 19.06.18, sobre interponemos tacha.
Res. 2 de 19.06.18, se resuelve admitir a trámite la tacha formulada contra el medio probatorio contenido en el anexo 1-Q del escrito de demanda.
Res. 3 de 20.06.18, se resuelve admitir a trámite la Tacha formulada, correr traslado del escrito presentado por la MM.
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación (Memorandum N° 1102 -2018/PPM/MM) |
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación (Memorandum N° 643 -2018/PPM/MM) |
Proceso Arbitral seguido por JMK Contratistas Generales | |
Escrito presentado por la MM el 07.03.18 solicitando consentimiento de laudo arbitral | |
Proceso arbitral seguido por Consorcio Coecsa respecto a que se conceda la Ampliación de plazo parcial N° 4 por 60 días y ordene a pagar mayores gastos generales por S/ 137,772.55 | |
Res.20 de 20.03.18, prorroóguese el plazo para laudar en 30 días hábiles, contado a partir del vecimiento del término original. |
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación (Memorandum N° 485 -2018/PPM/MM) |
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación (Memorandum N° 846 -2018/PPM/MM) |
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación (Memorandum N° 643 -2018/PPM/MM) |
Proceso Arbitral seguido por JMK Contratistas Generales | |
Escrito presentado por la MM el 07.03.18 solicitando consentimiento de laudo arbitral | |
Proceso arbitral seguido por Consorcio Coecsa respecto a que se conceda la Ampliación de plazo parcial N° 4 por 60 días y ordene a pagar mayores gastos generales por S/ 137,772.55 | |
Res.20 de 20.03.18, prorroóguese el plazo para laudar en 30 días hábiles, contado a partir del vecimiento del término original. |
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación (Memorandum N° 485 -2018/PPM/MM) |
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación (Memorandum N° 237 -2018/PPM/MM) |
Año 2017
Diciembre
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación (Memorandum N° 10108 -2018/PPM/MM) |
Proceso Arbitral seguido por FASHION CENTER S.A., y la Municipalidad de Miraflores, ante el Centro de Arbitraje de la PUCP: | |
Res. 59 de 02.11.17 traslado del escrito presentado por la MM a la empresa JMK por el plazo de 10 días, traslado del escrito presentado por la empresa JMK a la MM por el plazo de 10 días para su absolución. | |
Proceso Arbitral seguido por CONSORCIO COECSA, respecto a que: Se declare procedente las solicitudes de Ampliación de plazo N° 07, 08, 09, 10 y 11, se ordene a pagar mayores gastos generales y otros. | |
Res. 44 de 30.11.17 se resuelve poner en conocimiento a la parte demandante, Consorcio Coecsa del escrito presentado por la MM. |
Noviembre
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación (Memorandum N° 1729 -2017/PPM/MM) |
Setiembre
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación (Memorandum N° 1513 -2017/PPM/MM) |
Agosto
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación (Memorandum N° 1212 -2017/PPM/MM) |
Junio
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación (Memorandum N° 931 -2017/PPM/MM) |
Mayo
Año 2016
Diciembre
Noviembre
Octubre
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación (Memorandum N° 1311 -2016/PPM/MM) | |
El Proceso Arbitral seguido por FASHION CENTER S.A., y la Municipalidad de Miraflores, ante el Centro de Arbitraje de la PUCP: |
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Escrito presentado el 03.10.16, en el que se absuelven alegatos. | |
N° 49 del 12.10.16 Se cita a ambas partes para la Audiencia de Informe Oral para el 27.10.16. | |
Se expide el Acta de Audiencia de Informe Oral del 27.10.16. | |
El Proceso Arbitral seguido por JMK CONTRATISTAS GENERALES, respecto a la nulidad de resolución del contrato N° 063-2013 para la ejecución de la Obra: “Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la Av. José Larco, Distrito de Miraflores-Lima-Lima”: | |
Escrito presentado el 03.10.16, en el que subsana omisión involuntaria. | |
N° 45 del 12.10.16, en el que resuelve téngase por absuelto el traslado con los escritos de la entidad y téngase presente el escrito presentado por la contratista. | |
Del proceso Arbitral seguido por LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFORES contra CONSORCIO SUPERVISOR MAUKAYATA, respecto a la resolución del contrato N° 085-2013 para la ejecución de la Obra: “Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la Av. José Larco, Distrito de Miraflores-Lima-Lima”: | |
N° 39 del 07.10.16, Tráiganse los autos para resolver recurso de integración e interpretación de laudo. | |
N° 40 del 27.10.16, Se amplía el plazo para resolver el recurso de integración e interpretación del laudo en 10 días adicionales. | |
Del proceso Arbitral seguido por CONSORCIO COECSA, respecto a que: Se declare procedente las solicitudes de Ampliación de plazo N° 07, 08, 09, 10 y 11, y se ordene pagar mayores gastos generales. | |
N° 16 del 03.10.16 Admite pedido de acumulación de pretensión de la contratista, por lo que se considera como sexta pretensión la solicitud de Ampliación de Plazo N° 11 por 58 días; se suspende la audiencia de determinación y determinación de puntos controvertidos. | |
N° 17 del 03.10.16 El árbitro y la secretaría arbitral fijan nuevo anticipo de honorarios que serán cancelados por ambas partes. | |
N° 18 del 24.10.16 Se tiene por cancelado los honorarios del árbitro único y la secretaría arbitral por parte de la Municipalidad de Miraflores correspondiente a la Ampliación de Plazo N° 11. | |
N° 19 del 26.10.16 Se tiene por ampliada la demanda con una sexta pretensión principal respecto a la Ampliación de Plazo N° 11. | |
Del proceso Arbitral seguido por CONSORCIO COECSA, respecto a Declarar la Nulidad e Ineficacia de la Resolución de Alcaldía N° 494-2015-A/MM. En el supuesto que no proceda la reducción de la partida de Media Tensión y Sub Estación, la reducción se aplicará al tope del precio unitario del presupuesto ofertado contractual del Contratista por la suma de S/. 129,651.04, en razón que este costo no formó parte del proceso de selección. | |
N° 10 del 03.10.16, Se programa audiencia de conciliación y determinación de puntos controvertidos para el día Lunes 17.10.16, y se otorgan 5 días hábiles para que las partes formulen propuestas de puntos controvertidos. | |
Escrito presentado por Consorcio Coecsa el 07.10.16 en el que propone puntos controvertidos. | |
Escrito presentado por la MM el 10.10.16, se proponen puntos controvertidos. | |
Escrito presentado el 17.10.16, delegamos representación. | |
N° 11 del 17.10.16, que contiene el Acta de audiencia de conciliación, determinación de puntos controvertidos y admisión de medios probatorios, resuelve tener por presentados los puntos controvertidos y por delegadas las facultades de representación. |
Setiembre
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación (Memorandum N° 1191 -2016/PPM/MM) | |
El Proceso Arbitral seguido por FASHION CENTER S.A., y la Municipalidad de Miraflores, ante el Centro de Arbitraje de la PUCP: |
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Escrito presentado el 14.09.16, en el que exponemos alegatos. | |
Res. N° 48 del 22.09.16, que traslada a la Municipalidad de Miraflores elescrito de alegaos presentado por Fashion Center. | |
El Proceso Arbitral seguido por JMK CONTRATISTAS GENERALES, respecto a la nulidad de resolución del contrato N° 063-2013 para la ejecución de la Obra: “Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la Av. José Larco, Distrito de Miraflores-Lima-Lima”: | |
Res. N° 43 del 08.09.16, tiene por cancelado el primer adelanto del perito. | |
Res. N° 44 del 23.09.16 en el que solicita a las partes varios documentos para la realización de la pericia. | |
Escrito presentado el 30.09.16, en el que absolvemos traslado. | |
Del proceso Arbitral seguido por LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFORES contra CONSORCIO SUPERVISOR MAUKAYATA, respecto a la resolución del contrato N° 085-2013 para la ejecución de la Obra: “Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la Av. José Larco, Distrito de Miraflores-Lima-Lima”: | |
Res. N° 37 del 07.09.16, Se pone a conocimiento de la Municipalidad de Miraflores el recurso de Interpretación de Laudo, para que en un plazo de 10 días manifieste lo conveniente. | |
Escrito presentado el 21.09.16, en el que absolvemos traslado. | |
Del proceso Arbitral seguido por CONSORCIO COECSA, en el que persigue la declaración de Nulidad de las resoluciones que declaran improcedente la solicitud de Ampliaciones de plazo N° 07, 8, 9 y 10, y pide se concedan y se paguen los gastos generales. | |
Res. N° 13 del 06.09.16 Se tiene por cancelados los honorarios arbitrales respecto de la ampliación de demanda por parte de Consorcio Coecsa. | |
Res. N° 14 del 06.09.16 Se tiene por absueltas las excepciones de caducidad y oscuridad y ambigüedad en el modo de proponer la demanda, se pone a conocimiento de la Municipalidad de Miraflores. | |
Res. N° 15 del 22.09.16 Se tiene por cumplido el pago de honorarios arbitrales por parte de la Municipalidad de Miraflores; se otorga a las partes un plazo para que formulen propuesta de puntos controvertidos y se programada audiencia de conciliación y determinación de puntos controvertidos para el 12.10.16 a las 10:00 a.m. | |
Escrito presentado el 29.09.16, en el que proponemos puntos controvertidos. | |
Del proceso Arbitral seguido por CONSORCIO COECSA, respecto a Declarar la Nulidad e Ineficacia de la Resolución de Alcaldía N° 494-2015-A/MM y como pretensión subordinada, que la reducción se aplique al tope del precio unitario del presupuesto ofertado contractual del Contratista por la suma de S/ 129,651.04. | |
Res. N° 9 del 14.09.16, Se faculta a Consorcio Coecsa a fin de que cumpla con cancelar los honorarios a cargo de la entidad bajo apercibimiento de suspender el proceso arbitral. |
Agosto
Julio
Junio
Mayo
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación ( Memorandum N° 049 -2016/PPM/MM) | |
El Proceso Arbitral seguido por FASHION CENTER S.A., y la Municipalidad de Miraflores, ante el Centro de Arbitraje de la PUCP: |
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N° 41 del 05.05.16 que resuelve: al escrito del 25.04.16 téngase presente; al escrito del 29.04.16 concédase lo solicitado. Otórguese a la perito plazo adicional (5 días) a fin de que presente informe pericial (el plazo venció el 9 de mayo de 2016). | |
N° 42 del 13.05.16 Téngase presente y remítase a Fashion Center S.A. y la Municipalidad de Miraflores el informe Pericial a fin de que en un plazo de 5 días expresen por escrito sus opiniones u observaciones. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores de fecha 20 de abril de 2016, Observa Informe Pericial | |
N° 43 del 24.05.16, Córrase traslado a Fashion Center y a la perito; déjese constancia que Fashion Center no ha presentado escrito sobre opiniones u observaciones al informe pericial. | |
El Proceso Arbitral seguido por JMK CONTRATISTAS GENERALES, respecto a la nulidad de resolución del contrato N° 063-2013 para la ejecución de la Obra: “Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la Av. José Larco, Distrito de Miraflores-Lima-Lima”: | |
N° 36 del 10.05.16, Resuelve: Téngase presente con conocimiento de la otra parte. | |
N° 37 del 10.05.16, Resuelve: Téngase presente y traslado a las partes por el plazo de 5 días a fin de que manifiesten lo concerniente a su derecho. | |
N° 38 del 25.05.16, Resuelve: Fijar el honorario del perito a criterio del Tribunal Arbitral en S/. 20,000.00 Soles netos, córrase traslado al perito a fin de que acepte o no. | |
Del proceso Arbitral seguido por LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFORES contra CONSORCIO SUPERVISOR MAUKAYATA, respecto a la resolución del contrato N° 085-2013 para la ejecución de la Obra: “Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la Av. José Larco, Distrito de Miraflores-Lima-Lima”: | |
N° 35 del 13.05.16, Resuelve, Téngase presente el escrito de visto con conocimiento de la otra parte. Téngase por pagado las retenciones a SUNAT, declárese el cierre de instrucción del proceso arbitral, tráiganse los autos para laudar y fíjese el plazo para la emisión del Laudo Arbitral. | |
Del proceso Arbitral seguido por CONSORCIO COECSA, respecto a la Declarar procedente la solicitud de Ampliación de plazo N° 07 por 39 días calendarios y Declarar la procedencia de los pagos correspondientes a los mayores gastos generales de la Ampliación de Plazo N° 07 por 39 días calendarios, por el monto de S/ 91,000.00 incluido IGV. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores de fecha 10 de mayo de 2016, Informamos registro del Árbitro Único Ad Hoc ante el SEACE. | |
Del proceso Arbitral seguido por CONSORCIO COECSA, respecto a Declarar la Nulidad e Ineficacia de la Resolución de Alcaldía N° 494-2015-A/MM. En el supuesto que no proceda la reducción de la partida de Media Tensión y Sub Estación, la reducción se aplicará al tope del precio unitario del presupuesto ofertado contractual del Contratista por la suma de S/ 129,651.04, en razón que este costo no formó parte del proceso de selección. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores de fecha 10 de mayo de 2016, Informamos registro del Árbitro Único Ad Hoc ante el SEACE. | |
Cargo de Notificación se adjunta: Resolución N° 2 de fecha 19.05.16, Tener por cumplido lo requerido en el acta de instalación del árbitro, por cancelados los honorarios. | |
Cargo de Notificación que adjunta Res. N° 3 de fecha 25.05.16, Resuelve: Téngase por presentado el escrito de absolución de subsanación arbitral por parte de Consorcio Coecsa. Admítase a trámite el escrito de demanda arbitral. | |
Cargo de Notificación se adjunta: Resolución N° 4 de fecha 27.05.16, Téngase por presentado el escrito de Consorcio Coecsa y téngase por cancelados los honorarios arbitrales a cargo de Consorcio Coecsa. | |
Del proceso Arbitral seguido por SCHREDER PERÚ S.A., respecto a que se apruebe la segunda y tercera solicitud de ampliación de plazo, respecto al contrato N° 143-2014. | |
Acta de Instalación de Árbitro Único Ad Hoc del 18 de mayo de 2016. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores de fecha 25 de mayo de 2016, Informamos registro del Árbitro Único Ad Hoc ante el SEACE. |
Abril
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación ( Memorandum N° 049 -2016/PPM/MM) | |
El Proceso Arbitral seguido por FASHION CENTER S.A., y la Municipalidad de Miraflores, ante el Centro de Arbitraje de la PUCP: |
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Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores del 06.04.16 en el que adjuntamos planos del Centro Comercial Larcomar. | |
Res. N° 39 del 12.04.16 Se requiérase a la Municipalidad de Miraflores que en el plazo de dos días presente 3 ejemplares adicionales de los planos del Centro Comercial Larcomar | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores de fecha 14 de abril de 2016 sobre Cumplo lo ordenado, adjuntando juegos adicionales de los planos del Centro Comercial Larcomar. | |
Res. N° 40 del 20.04.16 Téngase por cumplido el mandato conferido en la Res. N° 39 por parte de la Municipalidad. | |
El Proceso Arbitral seguido por JMK CONTRATISTAS GENERALES, respecto a la nulidad de resolución del contrato N° 063-2013 para la ejecución de la Obra: “Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la Av. José Larco, Distrito de Miraflores-Lima-Lima”: | |
Res. N° 34 del 05.04.16 Resuelve, córrase traslado a la parte demandada a fin de que se pronuncie en el plazo de 5 días; traslado a la parte demandante y al perito para que absuelvan. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores de fecha 12 de abril de 2016, absuelve traslado. | |
Res. N° 35 del 21.04.16 Resuelve: A la carta de perito previamente a resolver, remítase copia del acta de observaciones que señala el objeto de la pericia al perito para que se pronuncie en el plazo de 5 días. | |
Del proceso Arbitral seguido por LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFORES contra CONSORCIO SUPERVISOR MAUKAYATA, respecto a la resolución del contrato N° 085-2013 para la ejecución de la Obra: “Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la Av. José Larco, Distrito de Miraflores-Lima-Lima”: | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores de fecha 04 de abril de 2016, Solicito plazo adicional para adjuntar certificados de acreditación de pago de retención. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores de fecha 06 de abril de 2016, Informamos cumplimiento. | |
Res. N° 34 del 19.04.16 Resuelve: Déjese constancia que la MM cumplió con presentar los certificados de retención del Impuesto a la Renta correspondiente al reajuste. Se le otorga último plazo de 5 días al Consorcio Maukayata para acreditar pago de retención. | |
Del proceso Arbitral seguido por CONSORCIO COECSA, respecto a la ampliación de plazo N° 4 y por su efecto nula e ineficaz la Resolución de Gerencia de Obras y Servicios Públicos N° 30-2015-GOSP/MM. | |
Res. N° 3 del 13.04.16, Corríjase el error material en los términos señalados en el considerando tercero de la presente resolución. | |
Res. N° 4 del 13.04.16, Requiérase a la MM para que en un plazo de 5 días hábiles de notificada cumpla con presentar archivo electrónico de los escritos de contestación y excepción en un disco (CD-R) y entregue además los certificados de retención correspondientes a los gastos arbitrales. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores del 19.04.16 de cumple lo ordenado adjuntando lo requerido por el árbitro único. |
Marzo
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación ( Memorandum N° 049 -2016/PPM/MM) | |
El Proceso Arbitral seguido por FASHION CENTER S.A., y la Municipalidad de Miraflores, ante el Centro de Arbitraje de la PUCP: |
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Carta del Centro de Arbitraje del 09.03.16, Se remite la carta S/N presentada por la Ing. Jenny Guerrero Aquino, con la que se programa las actividades oculares desde el lunes 14 de marzo hasta el jueves 17 de marzo. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores de fecha 10 de marzo de 2016 sobre téngase presente al momento de realizar inspección. | |
Res. N° 37 del 15.03.16 que resuelve requerir a Fashion Center para que el equipo técnico pueda tener acceso a cada uno de los locales comerciales desde las 8:00 a.m. durante el desarrollo de la inspección ocular. | |
Carta del Centro de Arbitraje del 15.03.16, se remite la Constatación de inicio de la Inspección Ocular. | |
El Proceso Arbitral seguido por JMK CONTRATISTAS GENERALES, respecto a la nulidad de resolución del contrato N° 063-2013 para la ejecución de la Obra: “Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la Av. José Larco, Distrito de Miraflores-Lima-Lima”: | |
Res. N° 33 del 14.03.16 A conocimiento de las partes por el plazo de 5 días hábiles de la Carta N° 01-2016-JMK-MDM/ECTR en la que el Perito Ingeniero Edgar Cristian Tello Rivera acepta su designación. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores de fecha 21 de marzo de 2016, se absuelve traslado sobre la carta del perito designado. | |
Del proceso Arbitral seguido por LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFORES contra CONSORCIO SUPERVISOR MAUKAYATA, respecto a la resolución del contrato N° 085-2013 para la ejecución de la Obra: “Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la Av. José Larco, Distrito de Miraflores-Lima-Lima”: | |
Res. N° 32 del 01.03.16 Resuelve correr traslado a la MM del desistimiento de pretensiones formulado por el Consorcio Supervisor Maukayata para que en el plazo de 5 días manifieste lo conveniente a su derecho. | |
Res. N° 33 del 28.03.16, Téngase por desistido a Consorcio Superior Maukayata de las pretensiones descritas como primer y segundo punto controvertido. | |
Del proceso Arbitral seguido por CONSORCIO COECSA, respecto a la ampliación de plazo N° 4 y por su efecto nula e ineficaz la Resolución de Gerencia de Obras y Servicios Públicos N° 30-2015-GOSP/MM. | |
Res. N° 1 del 04.03.16 que admite a trámite la demanda presentada por Consorcio de Ejecución y Consultoría S.A. Se corre traslado del escrito a la MM. | |
Escrito presentado por la MM del 29.03.16 de Excepciones. | |
Escrito presentado por la MM del 29.03.16 de Contesta demanda arbitral. |
Febrero
Enero
Año 2015
Diciembre
Noviembre
Octubre
Setiembre
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación ( Memorandum N° 1350 -2015/PPM/MM) | |
Agosto
Julio
Junio
Mayo
Abril
Marzo
Febrero
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación ( Memorandum Nro. 292-2015/PPM/MM) | |
Del proceso arbitral seguido entre FASHION CENTER S.A. y la Municipalidad de Miraflores, ante el Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la PUCP, respecto a la interpretación que debe darse a las cláusulas de contraprestación a cargo de Fashion Center, establecidas en el Contrato de Derecho de Superficie de Larcomar. | |
Escrito de alegatos presentado por la Municipalidad de Miraflores el 2 de febrero de 2015. | |
Resolución N° 19 de fecha 2 de febrero de 2015, que resuelve tener por presentados los alegatos escritos de la Municipalidad. Cítese a ambas partes a audiencia de informe oral para el día 25 de febrero de 2015, a horas 3:00 p.m. a realizarse en la sala 3 (piso 5) del centro empresarial Esquilache, sito calle Esquilache N° 371, San Isidro. Déjese constancia de que Fashion Center no ha presentado sus alegatos, habiéndose vencido el plazo para ello. | |
Audiencia ilustrativa de fecha 26 de febrero de 2015, que dispone la realización de una pericia de oficio, a cargo de la perito Ingeniera Jenny Guerrero, con la finalidad de determinar el área techada y el área sin techar de todos y cada uno de los locales existentes del centro comercial. | |
Del Proceso seguido entre CONSORCIO MIRAFLORES y la Municipalidad de Miraflores, ante el Árbitro Único Ad Hoc, Dr. Gustavo Adolfo De Vinatea Bellatin, respecto, a la ejecución de obra «Mejoramiento de los acantilados de las Zonas de los delfines, Punta Roquitas, Waikiki y Bajada Balta, distrito de Miraflores – Lima – Lima. | |
Resolución N° 15 de fecha 12 de febrero de 2015, que resuelve otorgar a la Municipalidad de Miraflores, un plazo excepcional de 5 días hábiles para la acreditación de los nombres y apellidos del árbitro único en el registro del SEACE y remitir copia del escrito de registro a la secretaria arbitral. | |
Resolución N° 16 de fecha 12 de febrero de 2015 que SEÑALA EL PLAZO PARA LAUDAR EN 30 DÍAS HÁBILES contados desde el día siguiente de notificados de la presente Resolución. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores, de fecha 19 de febrero de 2015, cumpliendo lo ordenado. | |
Del Proceso seguido por CONSORCIO VIAL 5 y la Municipalidad de Miraflores, respecto al contrato N° 140-2013 – CE para la ejecución de la Obra: «Rehabilitación y Mejoramiento de la Infraestructura vial de las calles pertenecientes a la Sub Zona 5A – Distrito de Miraflores – Lima – Lima. | |
Resolución N° 05 de fecha 2 de febrero de 2015. Tener presente el escrito de la Municipalidad de Miraflores. | |
Resolución N° 06 de fecha 2 de febrero de 2015. Tener por cumplido el pago de los gastos arbitrales por parte de Consorcio Vial 5. | |
Resolución N° 07 de fecha 2 de febrero de 2015. Una vez resuelto el recurso de reconsideración presentado por la Municipalidad de Miraflores, se pronunciará por los pagos realizados por Consorcio Vial 5 en subrogación de la Municipalidad de Miraflores. | |
Del Proceso seguido por JMK CONTRATISTAS GENERALES y la Municipalidad de Miraflores ante el árbitro único Ad Hoc Laszlo Pablo de la Riva Agüero Vega, respecto a ampliaciones de plazo para la ejecución del contrato N° 063-2013 para la ejecución de la obra: «Mejoramiento de la infraestructura vial de la Av. José Larco, distrito de Miraflores – Lima – Lima» | |
Resolución N° 08 de fecha 12 de febrero de 2015. Corre traslado a la entidad del escrito presentado por la Contratista de fecha 6 de febrero de 2015 para que en el plazo de 15 días hábiles pueda manifestar lo conveniente a su derecho. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores, de fecha 20 de febrero de 2015, absolviendo traslado. | |
Resolución N° 9 resuelve: Tráigase para resolver el pedido de interpretación e integración del laudo arbitral, presentado por la Contratista mediante escrito 6 de febrero de 2015, dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución. | |
Del Proceso Arbitral seguido por JMK CONTRATISTAS GENERALES, respecto a resolución de contrato N° 063-2013 para la ejecución de la Obra: «Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la Av. José Larco, Distrito de Miraflores – Lima – Lima». | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores, de fecha 4 de febrero de 2015, abosolviendo tacha y traslado de reconvención. | |
Resolución N° 01 de fecha 4 de febrero de 2015, traslado a la Municipalidad de Miraflores del escrito presentado por JMK – Medida Cautelar de no innovar para que en el plazo de 5 días hábiles se pronuncie. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores, de fecha 11 de febrero de 2015, absuelve traslado. | |
Del Proceso Arbitral seguido por LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES contra CONSORCIO SUPERVISOR MAUKAYATA, respecto a la resolución del contrato N° 085-2013 para la ejecución de la Obra: «Mejoramiento de la infraestructura Víal de la Av. José Larco, distrito de Miraflores – Lima – Lima». | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores, notificada con fecha 2 de febrero de 2015, bajo la sumilla: deduzco excepciones y contesto reconvención. | |
Resolución N° 08 notificada el 6 de febrero de 2015, téngase por pagado las retenciones a la SUNAT de los honorarios arbitrales a cargo de la Municipalidad de Miraflores. | |
Resolución N° 09 notificada con fecha 6 de febrero de 2015, declara infundada la oposicion planteada por la MM contra la acumulación de reconvención planteada por Consorcio Supervisor Maukayata. Admítase a trámite la solicitud de acumulación de reconvención formulada por el Consorcio Maukayata. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores, de fecha 12 de febrero de 2015, acredito pago total de supervisión. | |
Resolución N° 10 de fecha 19 de febrero de 2015. Téngase por presentada la excepción de oscuridad o ambigüedad deducida por la Municipalidad y póngase en conocimiento del Consorcio Maukayata para que en el plazo de 15 días hábiles de notificada, manifieste lo conveniente a su derecho. | |
Resolución N° 11 de fecha 20 de febrero de 2015. Córrase traslado de la acumulación de demanda de reconvención a la MM para que, en un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de notificada la presente resolución, la conteste o de considerarlo conveniente formule reconvención. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores, de fecha 12 de febrero de 2015, acredito pago total de supervisión de obra. | |
Petición arbitral de TRAFFIC ENGINEERING & CONTROL CORPORATION S.A. respecto del contrato N° 070-2014: Contratación del servicio de fabricación e instalación para la adecuación de bolardos metálicos ubicados en la berma central de la Av. José Pardo cuadras 01 al 15. | |
– Carta TEC N° 054-2015/GL de fecha 12 de febrero de 2015, solicitando arbitraje, a fin de que la Municipalidad de Miraflores, se sirva a efectuar el pago de la contraprestación más interes legales. | |
– Carta N° 05-2015-PPM/MM presentado por la Municipalidad de Miraflores, de fecha 24 de febrero de 2015, contestando petición de arbitraje. |
Enero
Informe mensual de los procesos de Arbitraje y Actas de conciliación ( Memorandum Nro. 166-2015/PPM/MM) | |
Del proceso arbitral seguido entre FASHION CENTER S.A. y la Municipalidad de Miraflores, ante el Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la PUCP, respecto a la interpretación que debe darse a las cláusulas de contraprestación a cargo de Fashión Center, establecidas en el Contrato de Derecho de Superficie de Larcomar. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores, de fecha 20 de enero solicitando que se prescinda de pericia contable. | |
Resolución N° 17 de fecha 20 de enero de 2015, se corre traslado para que el perito en el plazo de 5 días indique expresamente para qué necesita la información detallada en el primer considerando. | |
Resolución N° 18 de fecha 26 de enero de 2015. Prescíndase de la pericia ofrecida por la Municipalidad. Téngase presente la conducta procesal de Fashion Center. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores, de fecha 27 de enero de 2015, absolviendo conocimiento. | |
Del Proceso seguido entre CONSORCIO MIRAFLORES y la Municipalidad de Miraflores, ante el Árbitro Único Ad Hoc, Dr. Juan Manuel Fiestas Chunga, respecto al contrato N° 088-2012 para la elaboración de Expediente Técnico y Ejecución de la obra: «Ampliación de Local de Seguridad Ciudadana de la Avenida Arequipa, distrito de Miraflores – Lima – Lima» | |
Escrito reiterando que se declare consentido el laudo arbitral de fecha 22 de diciembre de 2014. | |
Resolución N° 22 de fecha 29 de diciembre de 2014 que declara consentido en sede arbitral el Laudo de derecho. | |
Del Proceso seguido entre CONSORCIO MIRAFLORES y la Municipalidad de Miraflores, ante el Árbitro Único Ad Hoc, Dr. Gustavo Adolfo De Vinatea Bellatin, respecto, a la ejecución de obra «Mejoramiento de los acantilados de las Zonas de los delfines, Punta Roquitas, Waikiki y Bajada Balta, distrito de Miraflores – Lima – Lima. | |
Escrito reiternado se fije plazo para emitir Laudo presentado por la Municipalidad de Miraflores de fecha 22 de diciembre de 2014. | |
Del Proceso seguido por CONSORCIO VIAL 5 y la Municipalidad de Miraflores, respecto al contrato N° 140-2013 – CE para la ejecución de la Obra: «Rehabilitación y Mejoramiento de la Infraestructura vial de las calles pertenecientes a la Sub Zona 5A – Distrito de Miraflores – Lima – Lima. | |
Resolución N° 01 de fecha 11 de noviembre de 2014, que admite a trámite la demanda arbitral presentada por Consorcio Vial 5. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores, de fecha 20 de enero de 2015, interponemos recurso de reconsideración. | |
Resolución N° 03 de fecha 13 de enero de 2015, que dispone tener por contestada la demanda por parte de la Municipalidad de Miraflores. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores, de fecha 6 de enero de 2015, contestando demanda arbitral. | |
Del Proceso Arbitral seguido por JMK CONTRATISTAS GENERALES, respecto a resolución de contrato N° 063-2013 para la ejecución de la Obra: «Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la Av. José Larco, Distrito de Miraflores – Lima – Lima». | |
Escrito contestando demanda y planteando reconvención, presentado por la Municipalidad de fecha 11 de diciembre de 2014. | |
Resolución N° 04 de fecha 16 de diciembre de 2014, que admite a trámite el escrito de contestación de demanda presentado por la Municipalidad de Miraflores. | |
Resolución N° 05 de fecha 14 de enero de 2015, que tiene por resuelta la reconvención y traslado a la otra parte de la tacha interpuesta por la demandante. | |
Del Proceso Arbitral seguido por LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES contra CONSORCIO SUPERVISOR MAUKAYATA, respecto a la resolución del contrato N° 085-2013 para la ejecución de la Obra: «Mejoramiento de la infraestructura Víal de la Av. José Larco, distrito de Miraflores – Lima – Lima». | |
Resolución N° 03 de fecha 08 de enero de 2015, admitase a trámite la contestacion de demanda presentada por el Consorcio Supervisor Maukayata. | |
Resolución N° 04 de fecha 08 de enero de 2015, tener presente los documentos vistos, con conocimiento de las partes. | |
Resolución N° 05 de fecha 15 de enero de 2015, córrase traslado de la reconvención a la Municipalidad de Miraflores. | |
Resolución N° 06 de fecha 15 de enero de 2015, córrase traslado a la MM para se pronuncie sobre la acumulación de pretensiones presentadas por Consorcio Maukayata. | |
Escrito presentado por la Municipalidad de Miraflores, con fecha 22 de enero de 2015, absuelvo traslado. |
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Año 2014
Mes de Diciembre
Mes Noviembre
Mes Octubre
Mes de Setiembre
Mes de Agosto
Mes de Julio
Mes de Junio
Mes de Mayo
Informe mensual de los procesos arbitrales y de Actas de conciliación. (Memorandum Nro. 387- 2014-PPM/MM) | xxxxxxx | |
Del proceso arbitral seguido entre FASHION CENTER S.A. y la Municipalidadde Miraflores, ante el Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de laPUPC, respecto a la interpretación que debe darse a las cláusulas dcontraprestación a cargo de Fashion Center, establecidas en el Contrato deDerecho de Superficie de Larcomar: | ||
Resolución N° 11 notificado con fecha 10 de abril de 2014 que resuelve que alescrito presentado por Fashion Center de fecha 02 de abril de 2014, se tengapresente con conocimiento a la Municipalidad de Miraflores | ||
Escrito de fecha 16 de abril de 2014, solicitando se determine nuevo plazo para pericia. | ||
Resolución N° 12 notificado con fecha 25 de abril de 2014 que resuelve:Córrase traslado a Fashion Center por el plazo de tres (3) días, contando apartir de notificada la presente resolución. | ||
Del Proceso seguido entre CONSORCIO MIRAFLORES y la Municipalidad deMiraflores, ante el Árbitro Único Ad Hoc, Dr. Gustavo Adolfo De VinateaBellatin, respecto a la ejecución de obra «Mejoramiento de los Acantilados delas Zonas de los Delfines, Punta Roquitas, Waikiki y Bajada Balta, Distrito deMiraflores-Lima-Lima. | ||
Carta N° 06-2014-PPM/MM de fecha 04 de abril de 2014, a través de la cual se ,advierte error material en el Acta de instalación de Arbitro Ad Hoc de fecha 25de marzo de 2014. | ||
Escrito de fecha 11 de abril de 2014, en el que presentamos Demanda Arbitral. | ||
Escrito de fecha 29 de abril de 2014, en el que solicitamos rectificación de error material. | ||
Carta N° 003-2014-MDM/CM notificada con fecha 30 de abril de 2014, a través de la cual se adjunta la resolución N° 2 que resuelve tener por admitida la demanda. | ||
Petición Arbitral de CONSORCIO VIAL 5, respecto al Contrato N°140-2013-CE para la ejecución de la Obra: «Rehabilitación y Mejoramiento de laInfraestructura Vial de las Calles Pertenecientes a la Sub Zona 5A- Distrito deMiraflores-Lima-Lima | ||
CARTA N° 63-2014-COTINEX/PAZ notificada con fecha 01 de abril de 2014solicitando arbitraje para que se revoque la Resolución N° 078-2014-GAF/MM,y se reconozca y apruebe la ampliación de plazo N° 04 por treinta y cinco (35)días calendarios. | ||
CARTA N° 09-2014-PPM/MM del 15 de abril de 2014, contestando la petición de arbitraje, por la ampliación de plazo N° 04. | ||
Petición Arbitral de JMK CONTRATISTAS GENERALES, respecto al contrato N° 063-2013 para la ejecución de la Obra: «Mejoramiento de la InfraestructuraVial de la Av. José Larco, Distrito de Miraflores-Lima-Lima»: | ||
Carta 005-2014-PPM/MM del 03 de abril de 2014, contestando la petición dearbitraje, respecto a la Revocación de la Resolución N°023-2014-GAF/MM y la ampliación de plazo N° 10 por setenta y siete (77) días calendarios. | ||
Carta N° 062-2014-JMK-LARCO notificada con fecha 07 de abril de 2014(Carta Externa W 11786-2014), solicitando arbitraje para que se revoque laResolución N° 074-2014-GAF/MM Y se reconozca la ampliación de plazo N° 13Y W 14, cada uno por un plazo de treinta (30) días calendarios. | ||
Carta N° 63-2014-JMK-LARCO de fecha 07 de abril de 2014 (Carta Externa W11787-2014), sobre acumulación en arbitraje de la solicitud de ampliación deplazo N° 01. | ||
Carta N° 07-2014-PPM/MM de fecha 10 de abril de 2014, indicando Oposición ,a acumulación de arbitraje. | ||
Carta N° 10-2014-PPM/MM de fecha 23 de abril de 2014, mediante la cualcontestamos la petición de arbitraje sobre ampliación de plazo N° 13 Y N°14. | ||
ACTA DE CONCILIACiÓN N° 125-2014 de fecha 14 de abril de 2014, por falta;de acuerdo, correspondiente al invitado JURADO NACIONAL DE ELECCIONES. | ||
ACTA DE CONCILIACiÓN N° 107-2014 de fecha 08 de abril de 2014, por faltade acuerdo entre las partes, correspondiente al solicitante RONALD HUMBERTO LUNA MEREL. | ||
ACTA DE CONCILIACiÓN N° 133-2014 de fecha 09 de Abril de 2014, Acuerdoconciliatorio Total, correspondiente al invitado SK CONSTRUCTORES S.A.C,»RODOLFO AUGUSTO RIOS RIVAS y CONSULO DEL CARMEN RODRIGUEZ DE RIOS. | ||
ACTA DE CONCILIACiÓN N° 41-2014 de fecha 10 de abril de 2014, por falta,de acuerdo entre las partes, correspondiente al solicitante ELEODOROENRIQUE DIAZ NAVARRO. |
Mes de Abril
Mes de Marzo
Mes de Febrero
Año 2013
Actas de conciliación levantadas desde el mes de octubre a diciembre del año 2013:
Mes de septiembre
Informe mensual de los procesos arbitrales y de conciliación. (Memorandum Nro. 788- 2013 PPM/MM) | ||
Del proceso arbitral seguido entre Inmobiliaria Aneljo S.A. y la Municicpalidad de Miraflores ante el Árbitro Único Ad Hoc Dr. Daniel Henostroza De La Cruz. | ||
Laudo arbital de derecho emitido por Resolución N° 12 de fecha 13 de setiembre de 2013, que resuelve declarar fundada la primera pretensión de la demanda y por tanto se ordena al contratista que devuelva a la entidad, la suma de S/. 24,000 Nuevos Soles (recibido como garantía del cumplimiento de las obligaciones de la Entidad. | ||
Del proceso arbitral seguido entre FASHION CENTER S.A y la Municipalidad de Miraflores, ante el Centro de Arbitraje de la PUPC. | ||
Resolución N° 3 de fecha 23 de agosto de 2013, notificada el 02.08.013, que resuelve tener por admitida la contestación de la demanda y la reconvención formulada por la Municipalidad | ||
Resolución N° 4 de fecha 24 de setiembre de 2013, que resuelve tener por cancelados los horarios de Árbitro Única y de la Secretaría Arbitral por parte de Fashion Center. | ||
Del proceso arbitral seguido entre Consorcio Miraflores y la Municipalidad de Miraflores, entre Árbitro Único Ad Hoc , Dr. Juan Manuel Fiestas Chunga: | ||
Resolución N°4 de fecha 9 de setiembre, que admite el escrito de contestación; y Resolución N° 05 de fecha 09 de setiembre de 2013, que admite la solicitud de acumulación de prestensiones de la demanda, presentada por Consorcio Miraflores; ambas notificaciones el 11 de setiembre del 2013, en un mismo acto porcesal. | ||
Recurso de Reconsideración presentada por Municipalidad el 18.09.13, contra la Resolución N° 05 que admite la solicitud de acumulación de pretensiones de la demanda. | ||
Acta de Conciliación N° 309-2013-CCR por Falta de Acuerdo, de fecha 12 de setiembre, correpondiente al Expediente N° 303-2013-CCR, solciitado por Jaime Estanislao Gonzales Alarcón, sobre Obligación de Das Suma de Dinero. | ||
Acta de Conciliación N° 915-2013, por Inasistencia de Una de las Partes, de fecha 24 de setiembre de 2013, correspondiente al Expediente N° 929-2013, solicitado por Pilar Bueno Cabrejos, sobre indeminización por daños y pejuicios. | ||
Informe mensual de los procesos arbitrales y de conciliación. (Memorandum Nro. 677 – 2013 PPM/MM) | . ….. | |
Del proceso arbitral seguido entre Inmobiliaria Aneljo S.A. y la Municipalidad de Miraflores ante el Árbitro Único Ad Hoc, Dr. Daniel Henostroza De La Cruz: – Resolución N° 11 de fecha 05 de Agosto de 2013, en la que prorrogan por 30 días hábiles adicionales el plazo para laudar. | ||
Del proceso arbitral seguido entre Consorcio Miraflores y la Municipalidad de Miraflores, ante el Árbitro Único Ad Hoc, Dr. Juan Manuel Fiestas Chunga: | ||
Resolución N°1 de fecha 02 de agosto de 2013, que resuelve admitir a trámite el escrito de demanda; y Resolución N° 2 de fecha 02 de agosto de 2013, que resuelve trasladar el pedido de acumulación de pretensiones. | ||
Carta remitida por la Secretaria Arbitral Ad Hoc de fecha 09 de agosto de 2013, en la que remite los recibos por honorarios profesionales del Árbitro Único y Secretaria Arbitral. | ||
Resolución N° 3 de fecha 09 de agosto de 2013, que resuelve autorícese a la Secretaria Arbitral a enviar los nuevos recibos por honorarios, y se otorga a ambas partes un plazo adicional de diez (10) días a fin de que cumplan con efectuar el pago de los honorarios correspondientes. | ||
Escrito de fecha 16 de agosto de 2013, en el que deducimos excepciones y contestamosdemanda arbitral. | ||
Escrito de fecha 19 de agosto de 2013, en el que adjuntamos tres juegos adicionales de la contestación de la demanda y sus anexos. | ||
Del proceso arbitral seguido entre FASHION CENTER S.A. y la Municipalidad de Miraflores, ante el Centro de Arbitraje de la PUPC: | ||
Resolución N° 1 de fecha 22 de Julio de 2013, que resuelve tener por admitida la demanda. Acompaña demanda arbitral de fecha 17 de julio de 2013. | ||
Resolución Administrativa N° 1 de fecha 05 de agosto de 2013, que fijan los honorarios arbitrales de la Árbitra Única y la tasa administrativa del Centro de Análisis de Resolución de Conflictos de la PUCP. | ||
Carta remitida por el Secretario Arbitral Carlos Seminario Reyes de fecha 07 de agosto del 2013, en la que nos remite una factura de la Dra. Elvira Martínez Coco, y la Factura del Centro de Arbitraje, para realizar el pago correspondiente por honorarios arbitrales. | ||
Escrito de fecha 09 de agosto de 2013, en el que interponemos Recurso de Reconsideración (honorarios arbitrales). | ||
Escrito de fecha 20 de agosto de 2013, en el que contestamos la demanda arbitral. | ||
Resolución Administrativa N° 2 de fecha 21 de agosto del 2013, que resuelve remítase a la corte el incidente de reconsideración a la Resolución Administrativa N° 1 | ||
Escrito de fecha 21 de agosto de 2013, en el que adjuntamos un juego adicional de lacontestación de la demanda y sus anexos. | ||
Del proceso arbitral seguido entre la Empresa TALlON PRINT E.I.R.L Y la Municipalidad deMiraflores: | ||
Petición de arbitraje presentada por la empresa Talion Print E. 1. R. L. | ||
Carta W 09-2013-PPM/MM de fecha 07 de agosto de 2013, contestando la petición de arbitraje. | ||
Del proceso arbitral seguido entre Altesa Contratistas Generales S.A.C. y la Municipalidad de Miraflores dictado ante el Tribunal Arbitral constituido por el Dr. Marcos Ricardo Espinoza Rimachi, el Dr. Alejandro Acosta Alejos y el Dr. Manuel Carlos Chávez Bazán: | ||
Laudo Arbitral que contiene la Resolución N° 14 de fecha 22 de Agosto de 2013; quedeclara fundada la primera pretensión de la demanda, fundada en parte la segundapretensión y ordena a la Municipalidad de Miraflores la devolución de la garantía de fielcumplimiento de contrato entregada por el demandante y dispone el pago de los gastosarbitrales. | ||
Acta de Conciliación N° 161-2013 de fecha 11 de julio de 2013 (SinAcuerdo de las Partes) solicitado por Natalia Alzamora Miranda; que involuntariamente seomitió adjuntar en el informe del mes de julio. |
Mes de julio
Mes de junio
Por la presente, LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES (en adelante LA MUNICIPALIDAD) declara que los datos personales de los ciudadanos que sean recopilados por LA MUNICIPALIDAD en los distintos procedimientos administrativos a realizarse con esta entidad, serán materia de tratamiento conforme a la Ley 29733 – Ley de Protección de Datos Personales, su reglamento, directivas y demás normas modificatorias, complementarias y conexas.
LA MUNICIPALIDAD asegura cumplir con la reserva y protección de los datos personales suministrados por los usuarios a través de la plataforma.
1. Finalidad del tratamiento de los datos personales
LA MUNICIPALIDAD tiene como finalidad recopilar los datos personales para realizar cursos virtuales, conferencias, visitas guiadas, capacitaciones y talleres formativos, gestionar pedidos y/o reclamos, y recopilar opinión sobre proyectos de ley.
Los datos personales no serán empleados para propósitos no declarados y que no estén vinculados con la ejecución del trámite solicitado.
2. Datos personales recopilados
Con el objetivo de llevar a cabo la finalidad descrita anteriormente, es obligatorio que se proporcione datos de carácter identificativo, tales como nombres y apellidos, N°DNI, carné de extranjería, teléfono, dirección de correo electrónico y firma.
Datos de características personales: Estado civil, fecha de nacimiento, nacionalidad, profesión, sexo, edad y datos académicos.
3. Transferencia
En el marco de lo dispuesto por la Ley 29733, su reglamento, directivas y demás normas modificatorias, complementarías y conexas, LA MUNICIPALIDAD no tiene previsto la transferencia de sus datos personales a terceros salvo para aspectos específicamente relacionados al cumplimiento de los dispuesto en el punto 1. Sin embargo, LA MUNICIPALIDAD puede revelar los datos personales de los ciudadanos, si es requerido a hacerlo, ante el pedido de una persona o entidad, previa evaluación o si ha sido dispuesto por mandato legal o por una orden judicial.
4. Consentimiento
Al aceptar esta Política de Privacidad, usted brinda su consentimiento para que se realice el tratamiento de sus datos personales en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 1, caso contrario, ante la negativa a otorgar el consentimiento, no se podrá participar.
5. Seguridad de los datos personales
LA MUNICIPALIDAD comunica que respeta los principios rectores para el tratamiento de datos personales y garantiza la confidencialidad en el tratamiento de los datos personales, así como la implementación de las medidas de orden técnico, organizativo y legal, que garantice su seguridad, precisando que ha adoptado los niveles de seguridad apropiados para el resguardo de la información, que exige la Ley 29733, su reglamento, directivas y demás normas modificatorias, complementarias y conexas.
6. Sobre el ejercicio de derechos como titular de datos personales
LA MUNICIPALIDAD pone en conocimiento que en cualquier momento los titulares de los datos personales podrán ejercer sus derechos de información, acceso, actualización, inclusión, rectificación, supresión, oposición, de impedimento de suministro, al tratamiento objetivo de sus datos y a la tutela, de acuerdo con la Ley 29733 y su reglamento, efectuando su solicitud a través de la mesa de partes digital de LA MUNICIPALIDAD que figuran en esta página web dentro del horario de atención al público.
7. Vigencia y Modificación de la Política de Privacidad
Esta Política de Privacidad puede ser actualizada o modificada debido a mejoras, cambios en la legislación vigente, doctrina o jurisprudencia. Cualquier cambio será anunciado y publicado en esta plataforma. Sírvase revisar periódicamente este documento para estar informados sobre posibles modificaciones y cómo estas podrían afectarles.
Municipalidad Distrital de Miraflores.